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Circulación Gibraltar a la UE y terceros países: requisitos y procedimientos aduaneros
La Agencia Tributaria aclara que en circulación Gibraltar-UE o terceros países, no se puede solicitar preferencia 400 ni usar 5GI en retornos fiscales, solo en mercancías originarias o reintroducidas en la UE con T2GI. Para regímenes aduaneros no fiscales, los retornos requieren T1GI y declaración del MRN de ida, sin preferencia 400 ni 5GI. Gibraltar puede exportar por mar a terceros países sin T1GI en casos excepcionales, mediante declaraciones específicas y justificación, y en avituallamientos, las formalidades se realizan en DCP de La Línea.