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Ámbito de aplicación de los incentivos fiscales para empresas de reducida dimensión según la Ley del Impuesto sobre Sociedades
Las empresas de reducida dimensión, con cifra de negocios inferior a 10 millones de euros en el ejercicio anterior, pueden aplicar incentivos fiscales del Capítulo XI del Título VII de la LIS, salvo entidades patrimoniales. Estas condiciones se mantienen en los tres ejercicios siguientes si se cumplen ciertos requisitos, incluyendo operaciones de fusiones. La definición de cifra de negocios se basa en el artículo 35.2 del Código de Comercio, considerando ventas, servicios y otros ingresos de actividades ordinarias, incluyendo grupos societarios y control.