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La Agencia Tributaria actualiza la clasificación de toldos y recogida de fruta en el INFORMA de mayo
La Agencia Tributaria publicó en el INFORMA de mayo que la instalación de toldos debe darse de alta en el epígrafe 505.5, sección 1ª, y la actividad de recogida de fruta sin titularidad de fincas se clasifica en el grupo 911, sección 1ª.