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La Agencia Tributaria actualiza la clasificación de toldos y recogida de fruta en el INFORMA de mayo

05/06/2025 Actualización Web AEAT
La Agencia Tributaria publicó en el INFORMA de mayo que la instalación de toldos debe darse de alta en el epígrafe 505.5, sección 1ª, y la actividad de recogida de fruta sin titularidad de fincas se clasifica en el grupo 911, sección 1ª.