Modelos Tributarios

Una guía completa de los principales modelos de la Agencia Tributaria española: qué son, cuándo presentarlos y quién está obligado a hacerlo.

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100

IRPF

Declaración de la Renta - IRPF

Declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas donde se detallan todos los ingresos, gastos, retenciones y deducciones del año fiscal.

¿Cuándo presentarlo? Del 1 de abril al 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal.
¿Quién debe presentarlo? Personas físicas con residencia habitual en España que superen los límites de ingresos establecidos (generalmente 22.000€ de un solo pagador o 14.000€ de varios pagadores).
Información incluida Rendimientos del trabajo, actividades económicas, capital mobiliario e inmobiliario, ganancias y pérdidas patrimoniales, deducciones y retenciones.

130

IRPF

Pago fraccionado - Estimación Directa

Declaración trimestral a cuenta del IRPF para empresarios y profesionales que tributan en el régimen de Estimación Directa (Normal o Simplificada).

¿Cuándo presentarlo? Trimestralmente: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero.
¿Quién debe presentarlo? Autónomos y profesionales en régimen de Estimación Directa (Normal o Simplificada).
Cálculo 20% del rendimiento neto (ingresos menos gastos deducibles) acumulado del periodo, descontando retenciones y pagos anteriores.

131

IRPF

Pago fraccionado - Estimación Objetiva

Declaración trimestral a cuenta del IRPF para empresarios y profesionales que tributan por el sistema de módulos (Estimación Objetiva).

¿Cuándo presentarlo? Trimestralmente: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero.
¿Quién debe presentarlo? Autónomos que tributan por el sistema de módulos (Estimación Objetiva).
Cálculo 4% del rendimiento neto calculado según los módulos aplicables, o 3% en actividades con personal asalariado y 2% en actividades agrícolas y ganaderas.

303

IVA

Autoliquidación del IVA

Declaración trimestral (o mensual) del Impuesto sobre el Valor Añadido para la mayoría de empresarios y profesionales.

¿Cuándo presentarlo? Trimestralmente: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero. Mensualmente: para grandes empresas y empresas inscritas en el REDEME.
¿Quién debe presentarlo? Empresarios, profesionales y otros sujetos pasivos del IVA que realizan entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al impuesto.
Información incluida IVA repercutido (cobrado), IVA soportado (pagado), resultado a ingresar o devolver, y operaciones realizadas en el periodo.

390

IVA

Declaración-resumen anual del IVA

Resumen anual de todas las operaciones y liquidaciones de IVA realizadas durante el año fiscal.

¿Cuándo presentarlo? Del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio fiscal.
¿Quién debe presentarlo? Sujetos pasivos del IVA que estén obligados a presentar autoliquidaciones periódicas por este impuesto.
Información incluida Resumen de las cuatro liquidaciones trimestrales (o doce mensuales), datos identificativos, actividades realizadas, tipos de operaciones, desglose por tipos impositivos y totales anuales.

349

IVA

Declaración operaciones intracomunitarias

Declaración informativa de operaciones con empresas y profesionales de otros países de la Unión Europea.

¿Cuándo presentarlo? Mensual, trimestral o anual según el volumen de operaciones, en los 20 días naturales siguientes al fin del periodo.
¿Quién debe presentarlo? Empresarios y profesionales que realizan entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios.
Información incluida Datos de los clientes o proveedores de la UE, incluyendo su NIF-IVA y el importe de las operaciones realizadas.

200

I. SOCIEDADES

Impuesto sobre Sociedades

Declaración anual del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente.

¿Cuándo presentarlo? Durante los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio social (generalmente del 1 al 25 de julio).
¿Quién debe presentarlo? Sociedades mercantiles, cooperativas, asociaciones, fundaciones y demás entidades con personalidad jurídica sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
Información incluida Resultado contable, ajustes fiscales, base imponible, deducciones, bonificaciones, retenciones y pagos fraccionados del periodo impositivo.

202

I. SOCIEDADES

Pago fraccionado Impuesto Sociedades

Declaración y pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades que deben realizar las empresas durante el ejercicio económico.

¿Cuándo presentarlo? Tres veces al año: del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre.
¿Quién debe presentarlo? Las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
Cálculo Modalidad base: 18% de la cuota íntegra del último periodo impositivo. Modalidad base imponible: porcentaje sobre la base imponible del periodo (generalmente 17%-24%).

111

RETENCIONES

Retenciones e ingresos a cuenta - Trabajo y actividades profesionales

Declaración de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo, actividades profesionales y premios.

¿Cuándo presentarlo? Trimestralmente: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero. Mensualmente para grandes empresas.
¿Quién debe presentarlo? Empresas y autónomos que realizan pagos sujetos a retención (nóminas, facturas de profesionales, etc.).
Información incluida Número de perceptores, base de las retenciones e ingresos a cuenta, porcentajes aplicados y cantidades retenidas.

115

RETENCIONES

Retenciones e ingresos a cuenta - Arrendamientos

Declaración de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos.

¿Cuándo presentarlo? Trimestralmente: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero. Mensualmente para grandes empresas.
¿Quién debe presentarlo? Empresarios y profesionales (incluidos autónomos) que arriendan inmuebles urbanos y están obligados a practicar retención.
Retención 19% sobre el importe del alquiler (sin incluir IVA).

190

RETENCIONES

Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta - IRPF

Declaración informativa anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas y premios.

¿Cuándo presentarlo? Del 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio fiscal.
¿Quién debe presentarlo? Quienes hayan presentado durante el año los modelos 111 (retenciones trabajo) o hayan realizado ingresos a cuenta.
Información incluida Relación detallada de todos los perceptores, con sus datos identificativos, las percepciones satisfechas y las retenciones practicadas durante el año.

347

INFORMATIVO

Declaración anual de operaciones con terceras personas

Declaración informativa anual de operaciones con terceros cuyo importe anual supera los 3.005,06 euros (IVA incluido).

¿Cuándo presentarlo? Durante el mes de febrero del año siguiente al ejercicio fiscal.
¿Quién debe presentarlo? Empresarios, profesionales y entidades públicas que hayan realizado operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06€ durante el año.
Información incluida Datos identificativos de los clientes y proveedores, importes anuales totales de las operaciones, desglosados por trimestres, entregas o adquisiciones intracomunitarias, cobros por cuenta de terceros, etc.

720

INFORMATIVO

Declaración de bienes y derechos en el extranjero

Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, como cuentas bancarias, inmuebles, valores, seguros y rentas.

¿Cuándo presentarlo? Entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal.
¿Quién debe presentarlo? Residentes fiscales en España (personas físicas y jurídicas) que posean bienes o derechos en el extranjero valorados en más de 50.000€ por categoría.
Importante No presentar este modelo o hacerlo con inexactitudes puede conllevar importantes sanciones. Una vez declarados los bienes, solo es necesario volver a presentar la declaración cuando se produzcan incrementos superiores a 20.000€ o ventas, o cuando se adquieran nuevos bienes.

036/037

CENSAL

Declaración censal

Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

¿Cuándo presentarlo? Antes del inicio de actividad o cuando se produzcan cambios en los datos fiscales. No hay plazo específico.
¿Quién debe presentarlo? Empresarios, profesionales y otros obligados tributarios. Modelo 036: completo para todo tipo de contribuyentes. Modelo 037: simplificado para personas físicas.
Usos principales
  • Alta, modificación o baja en el censo de empresarios/profesionales
  • Solicitud de NIF
  • Comunicación de inicio de actividad
  • Modificación de obligaciones tributarias
  • Cambio de régimen del IVA o del IRPF
  • Comunicación de domicilio fiscal

232

INFORMATIVO

Declaración informativa de operaciones vinculadas

Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.

¿Cuándo presentarlo? En el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo (generalmente noviembre).
¿Quién debe presentarlo? Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del IRNR con establecimiento permanente que realicen operaciones con personas o entidades vinculadas.
Información incluida Información sobre operaciones realizadas entre personas o entidades vinculadas, operaciones con paraísos fiscales, operaciones del mismo tipo con la misma persona o entidad que superen el 50% del neto de la cifra de negocios, etc.

Información importante

Esta guía incluye los modelos tributarios más comunes, pero no es exhaustiva. Algunos modelos específicos para determinados sectores o situaciones no están incluidos. Consulta siempre la web oficial de la Agencia Tributaria para obtener la información más actualizada sobre plazos, requisitos y formularios.