Guía completa sobre el IRPF: qué es, cómo se calcula, deducciones y declaración de la renta en España.
Están obligados a presentar la declaración del IRPF los contribuyentes que obtengan rentas superiores a ciertos límites:
Situación | Límite |
---|---|
Rendimientos del trabajo | 22.000€ de un pagador (20.000€ en el País Vasco) o 14.000€ de varios pagadores (si del segundo y posteriores se reciben más de 1.500€) |
Rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales | 1.600€ anuales |
Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas protegidas | 1.000€ anuales |
Rendimientos de actividades económicas y ganancias patrimoniales | Cualquier importe, incluso con pérdidas |
Siempre están obligados a declarar los que apliquen deducciones por inversión en vivienda, donativos, cuentas ahorro-empresa, o tengan derecho a deducciones o reducciones que requieran ejercicio de una opción.
Sueldos, salarios, prestaciones por desempleo, pensiones, dietas no exentas, etc.
Intereses de cuentas, dividendos, bonos, obligaciones, seguros, etc.
Alquileres de inmuebles, constitución de derechos de uso, etc.
Rendimientos de actividades empresariales, profesionales o artísticas.
Para más detalles, consulta la Guía para Autónomos.
Variaciones en el valor del patrimonio: ventas de inmuebles, acciones, fondos, etc.
Rentas que se atribuyen al contribuyente aunque no haya obtenido ingresos efectivos.
Suma de todos los rendimientos (trabajo, capital, actividades) y ganancias/pérdidas patrimoniales
Base imponible general y base imponible del ahorro
Planes de pensiones, pensiones compensatorias, aportaciones a mutualidades, etc.
Base imponible - Reducciones = Base liquidable general y del ahorro
Cantidad exenta que varía según circunstancias personales y familiares
Escalas de gravamen estatal y autonómica a la base liquidable
Aplicación de deducciones estatales y autonómicas
Cuota líquida - Retenciones = Resultado (a ingresar o a devolver)
Aplicable a rendimientos del trabajo, actividades económicas, capital inmobiliario e imputaciones de renta.
Base hasta | Tipo estatal | Tipo autonómico* | Total |
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12.450€ | 9,50% | 9,50% | 19% |
20.200€ | 12,00% | 12,00% | 24% |
35.200€ | 15,00% | 15,00% | 30% |
60.000€ | 18,50% | 18,50% | 37% |
300.000€ | 22,50% | 22,50% | 45% |
En adelante | 24,50% | 22,50% | 47% |
* Los tipos autonómicos pueden variar según la Comunidad Autónoma
Aplicable a intereses, dividendos, rendimientos de seguros y ganancias patrimoniales por transmisión de elementos patrimoniales.
Base hasta | Tipo estatal | Tipo autonómico | Total |
---|---|---|---|
6.000€ | 9,5% | 9,5% | 19% |
50.000€ | 10,5% | 10,5% | 21% |
200.000€ | 11,5% | 11,5% | 23% |
300.000€ | 13,5% | 13,5% | 27% |
En adelante | 14,0% | 14,0% | 28% |
Es la parte de la renta que no se somete a tributación por cubrir las necesidades básicas personales y familiares del contribuyente.
Concepto | Importe (2025) |
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Mínimo del contribuyente | 5.550€ |
Mínimo por descendientes:
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Incremento por descendientes menores de 3 años | 2.800€ adicionales |
Mínimo por ascendientes (mayor de 65 años que conviva con el contribuyente) | 1.150€ |
Mínimo por ascendiente mayor de 75 años | 1.400€ |
Mínimo por discapacidad del contribuyente:
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Los mínimos se aplican primero a la base general y, si esta es insuficiente, a la base del ahorro. La aplicación no reduce la base imponible, sino que se utiliza para calcular el ahorro fiscal multiplicando el importe por el tipo mínimo de gravamen.
Adquisición de vivienda habitual: Aplicable solo a adquisiciones anteriores a 01/01/2013 (régimen transitorio)
Deducción: 15% sobre base máxima de 9.040€ (máximo 1.356€)
Alquiler de vivienda habitual: Aplicable solo a contratos anteriores a 01/01/2015 (régimen transitorio)
Deducción: 10,05% de las cantidades satisfechas con base máxima de 9.040€, cuando la base imponible sea inferior a 24.107,20€
Incentivos y estímulos a la inversión empresarial: Aplicación de los incentivos del Impuesto sobre Sociedades
Creación de empleo, inversiones en I+D+i, producciones cinematográficas, etc.
Donativos a entidades sin fines lucrativos:
Deducción por obras de mejora de eficiencia energética:
Deducción por maternidad: Para mujeres con hijos menores de 3 años que trabajen por cuenta propia o ajena y estén dadas de alta en la Seguridad Social
Importe: Hasta 1.200€ anuales por cada hijo, ampliable en 1.000€ adicionales por gastos de guarderías o centros educativos autorizados
Deducciones familiares:
Cada Comunidad Autónoma puede establecer sus propias deducciones sobre la cuota autonómica. Estas deducciones son adicionales a las estatales y varían según la comunidad de residencia.
Algunos ejemplos de deducciones autonómicas:
Consulta las deducciones específicas de tu Comunidad Autónoma en la página web de la Agencia Tributaria o a través de nuestro chat fiscal.
A través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria mediante certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.
Disponible para dispositivos iOS y Android.
Solicita cita para que la Agencia Tributaria te llame y presente tu declaración.
En oficinas de la Agencia Tributaria, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos con cita previa.
La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes un borrador de la declaración con los datos que conoce. Sin embargo, el contribuyente debe revisar y, en su caso, modificar o completar el borrador antes de confirmarlo.
La confirmación del borrador sin revisarlo puede dar lugar a una declaración incorrecta si la Agencia Tributaria no dispone de todos tus datos o estos no están actualizados.
Si detectas errores en tu declaración después de presentarla, puedes:
El plazo para realizar estas gestiones es de 4 años desde el fin del periodo de presentación de la declaración.
Las operaciones con criptomonedas tienen el siguiente tratamiento fiscal:
Desde el modelo 100 de 2022 existe un apartado específico para declarar las operaciones con criptoactivos.
Las prestaciones sociales tributan de diferente manera según su naturaleza:
La no presentación de la declaración cuando existe obligación puede derivar en:
El plazo de prescripción es de 4 años, contados desde el fin del periodo voluntario de presentación.
Esta guía tiene carácter meramente informativo y puede estar sujeta a cambios en la normativa. Te recomendamos consultar siempre las fuentes oficiales como la Agencia Tributaria para la información más actualizada.