Calendario Fiscal

Mantente al día con todas las obligaciones fiscales. Este calendario recoge las fechas límite para la presentación de impuestos y declaraciones durante el año 2025. (Algunos modelos pueden repetirse a lo largo del año, ya que su presentación puede ser mensual, trimestral o anual, según las características de cada empresa.)

Calendario mensual de obligaciones fiscales 2025

Lun
Mar
Mié
Jue
Vie
Sáb
Dom

Para obtener información detallada sobre cada modelo, puede consultar la sección de Modelos Tributarios o visitar la página oficial de la Agencia Tributaria.

Fechas importantes para autónomos

Declaraciones trimestrales

Los autónomos deben presentar sus declaraciones trimestrales en los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero.

  • Modelo 130 (Est. Directa) o 131 (Módulos)
  • Modelo 303 (IVA)
  • Modelo 111/115 (Si tienen retenciones)

Resúmenes anuales

En enero se presentan los resúmenes anuales del ejercicio anterior:

  • Modelo 390: Resumen anual de IVA (hasta 30 de enero)
  • Modelo 190: Resumen anual de retenciones (hasta 30 de enero)
  • Modelo 347: Operaciones con terceros superiores a 3.005,06€ (28 de febrero)

Cambios en el método de tributación

Si deseas cambiar tu método de tributación para el año siguiente, debes comunicarlo antes del 31 de diciembre del año en curso:

  • De Estimación Directa a Módulos (o viceversa)
  • Renuncia o revocación al régimen simplificado de IVA
  • Cambios en el régimen de recargo de equivalencia

Declaración de la Renta (IRPF)

Como todos los contribuyentes, los autónomos deben presentar su declaración de IRPF:

  • Del 2 de abril al 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal
  • Se incluyen todos los ingresos, gastos deducibles y retenciones
  • Posibilidad de fraccionamiento del pago (60% en junio, 40% en noviembre)

Importante

Este calendario puede estar sujeto a modificaciones. Consulta siempre la web oficial de la Agencia Tributaria para las fechas exactas y actualizadas. Los plazos señalados son los habituales, pero pueden variar en función de festivos y cambios normativos.